El Decreto Legislativo N° 258, aprobado el pasado 28 de enero, por la Honorable Asamblea Legislativa, es una reforma al Código Tributario, que adiciona como último inciso lo siguiente:
"En el caso de las personas jurídicas titulares de empresas por la venta de gasolina y diesel, estarán sujetas al porcentaje del pago o anticipo a cuenta mensual del cero punto setenta y cinco por ciento (0.75%) sobre sus ingresos brutos mensuales."
El DL entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial


